La Justicia de Brasil revocó el fallo absolutorio de primera instancia y condenó por mayoría este lunes a Juan Darthés a 6 años de prisión por el delito de estupro contra Thelma Fardin. Le impuso el cumplimiento de la pena en una cárcel de régimen semi abierto, sin embargo, el actor no irá preso. ¿Por qué? Porque el fallo aún no está firme.
Así se lo confirmó a Infobae la abogada de Fardin, Carla Junqueiro, y explicó que el actor todavía no irá preso porque tiene la chance de apelar el fallo condenatorio. En caso de que la condena quede firma “sólo irá a dormir al penal, puede salir de día”, detalló la letrada.
Este lunes, el Tribunal Regional Federal de San Pablo, integrado por tres jueces, dictaminó por 2 a 1 condenar a Darthés. “Uno de los magistrados pidió 7 años de prisión y el otro 6, pero finalmente la sentencia fue por 6 años”, desgranó Junqueiro los detalles de la resolución.
La condena echó por tierra el fallo absolutorio de primera instancia de mayo de 2023 que había resuelto un tribunal unipersonal que estaba a cargo del juez Fernando Toledo Carneiro. “No conocía el caso, el magistrado había asumido el cargo recientemente porque el instructor había sido ascendido”, opinó la abogada de Fardin.
En junio de ese mismo 2023, fue ratificada la absolución en una instancia previa a la apelación de la sentencia denominada “embargo” en la Justicia de Brasil, y que es donde el juez da las razones de por qué tomó la decisión. Por ese entonces, Carneiro admitió errores materiales y que no estaría prescripto el atentado al pudor y generó cuestionamientos al considerar que los testimonios de testigos de la serie no eran suficientes para dar por probados los tocamientos y el sexo oral.
“Quedan dudas sobre la forma en que sucedieron los hechos descritos en la denuncia. Entiendo que debe mantenerse la absolución del imputado”, sostuvo el juez el año pasado al explicar las razones de su decisión. Luego, el magistrado fue cuestionado por el fiscal Andrey Borges, quien consideró que la sentencia contenía errores “materiales” y que el abuso “está probado y debe ser condenado”.
“El fallo carece de perspectiva de género y desconoce la ‘Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer’ y la ‘Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belém Do Pará’. El relato de
Justamente, ese fallo absolutorio del que se quejaba Arias Duval fue el que apeló Fardin y que ahora encontró en una condena contra el actor, en una decisión de un tribunal que fue por mayoría.
El juicio contra Darthés había comenzado el 30 de noviembre de 2021, dos años después de que Fardin presentara la denuncia por abuso sexual agravado en diciembre de 2018 en Nicaragua, por hechos supuestamente consumados en 2009 durante la gira de la obra Patito Feo en ese país, cuando ella tenía 16 años y él 45.
la víctima es prueba fundamental porque los abusos sexuales se cometen en la soledad víctima-victimario, por lo que es posible que una condena se apoye en un examen riguroso del relato de la víctima (que no fue efectuado) y su correlato con evidencias externas como los dichos de otros testigos o profesionales de la psiquiatría o la psicología y sus informes”, había alegado el abogado de Fardin, Arias Duval tras la absolución.